6 dic 2007

LIQUIDACION FINAL POR RENUNCIA O DESPIDO, (versión marzo 2013)

COMO CALCULO  MI LIQUIDACION FINAL POR RENUNCIA O DESPIDO? (ACTUALIZADO)

La liquidación final, son los rubros que deben abonarse en caso de renuncia o despido.

En caso de renuncia o despido con justa causa (despido justificado) sólo debe abonarse:

Salario proporcional al mes de despido o días trabajados durante el mes que renunció:
Si Ud. renuncia, por ejemplo a partir del día 20/10, se le abonarán los 20 días trabajados. No se le abonará el mes completo, o sea que no se computan los 11 días restantes del mes. Este salario lleva retenciones por aportes.

Vacaciones proporcionales:
Se liquidan en forma proporcional a los días trabajados durante el año calendario en que se produce la renuncia y teniendo en cuenta los días de vacaciones que le hubiesen correspondido teniendo en cuenta la antigüedad en el empleo al 31 de diciembre del año calendario en que se produce la renuncia.

Por ejemplo, si la fecha de ingreso es 11/11/2002, y Ud. renuncia a partir del 31/10/2007, al 31/12/2007 su antigüedad sería de 5 años 1 mes y 20 días, entonces le corresponden los días de vacaciones proporcionales a los 21 días correspondientes por una antigüedad mayor de cinco años. El cálculo es una simple regla de tres simple. En nuestro ejemplo hasta el 31/10/2007, la persona trabajo 31+28+31+30+31+30+31+31+30+31 = 304 días / (dividido) 365 días = 0,84, este número lo multiplicamos por 21, entonces el resultado nos da 17,49 días. Estos son los días de vacaciones que corresponde pagar por egreso.

Las vacaciones proporcionales por egreso NO llevan retenciones por aportes

Sac s/ vacaciones: Es el aguinaldo sobre las vacaciones, es un rubro obligatorio, aunque no todas las empresas lo hagan, Deben pagarlo.

SAC PROPORCIONAL (aguinaldo): En el caso del primer ejemplo, le corresponderá el SAC proporcional del segundo semestre de 2007. El SAC se debe pagar sobre el mejor salario del semestre (incluidas horas extras y feriados). Es un error promediar remuneraciones. Entonces, se toma el mejor salario del semestre, se lo divide por 12 y se lo multiplica por la cantidad de meses y la fracción del último mes trabajados en el semestre de renuncia. En nuestro ejemplo, durante el segundo semestres la persona trabajó los meses de julio, agosto y septiembre completos y 20 días como fracción de octubre, o sea 3,65 meses. El mejor salario del segundo semestre de 2007 divido por 12 y multiplicado por 3,65 nos da el valor del SAC proporcional por egreso. El SAC proporcional por egreso lleva retenciones por aportes.

En caso de despido sin justa causa (despido injustificado):


En caso de despido  sin causa o injustificado, a la liquidación final descripta en el punto anterior, se le agregan los siguientes rubros:
indemnización por Antigüedad: Se le abonará un sueldo (el mejor mensual, normal y habitual devengado en los últimos 12 meses), por año trabajado o fracción mayor a tres meses.

Qué significa?, supongamos que Ud. trabaja hace 5 años y 3 meses y 20 días. Su mejor sueldo mensual, normal y habitual devengado de los últimos 12 meses es de $1.500  y lo despiden el 20/10/2011.

En ese caso se le abonará $1.500 x 5 (5 años de antigüedad), pero como está trabajando hace 5 años y más de tres meses, le corresponde un sueldo "extra" como si fuera un trabajo de 6 años. Siempre que la antigüedad se "pase" por tres meses corresponde un año más.

Lo mismo sucede, para quien no alcanza el año de antigüedad, una persona que trabaja hace 7 meses, en ese caso, le corresponde un año de antigüedad porque está en el empleo hace más de tres meses.

La indemnización por antigüedad no lleva descuentos de aportes.

SAC sobre indemnización por antigüedad:
Dependiendo de la jurisdicción, el empleador puede tendrá que pagar o no, SAC, como si fuese remuneración que integra proporcionalmente la mejor remuneración mensual normal y habitual devengada durante el último año trabajado.  (Tal es el caso de la Provincia de Buenos Aires, donde debe abonarse este rubro, en la Ciudad de Buenos Aires, no se aplica)

Indemnización por Preaviso: Debe abonarse en casos de que la empresa no otorgue preaviso, o lo otorgue de manera insuficiente. En nuestro ejemplo, si la empresa le envía carta documento, el día 03/10/2007 diciéndole que a partir del día de la fecha está despedido o que a partir del 20/10/2007 o que a partir del  31/10/2007, está despedido, le corresponde este rubro.

Los plazos de preaviso son los siguientes:
Por el trabajador 15 días
Por el empleador: 15 días durante el período de prueba, 1 mes si la antigüedad no excede de 5 años y 2  meses cuando la antigüedad exceda a los 5 años.

Ojo!!, en este caso es la antigüedad sin computar la fracción de tres meses como un año más. En el caso del ejemplo anterior, si la persona ingresó el 01/07/2003 y el despido se produce el 20/10/2007, la antigüedad sería de 4 años 3 meses y 20 días. O sea le corresponde 1 mes de preaviso.

Integración mes de despido: Además de los días trabajados, deben liquidarse, los días que faltan para terminar el mes, si Ud, fue despedido un 20/10, deberán abonarle, los 11 días restantes para completar el mes.

SAC s/ integración: se debe pagar Aguinaldo proporcional sobre el monto que resulte de la integración del mes de despido.

Multa art. 2 ley 25.323:  la liquidación final debe pagarse dentro de los 4 días hábiles posteriores a la fecha de despido para los trabajadores que cobren mensualmente o dentro de los tres días hábiles posteriores al despido para los trabajadores que cobra por quincena.

En caso de que el empleador no pague las indemnizaciones por antigüedad, indemnización por preaviso e integración del mes de despido dentro de dichos plazos y el trabajador intime al empleador a pagarlos, si no lo hace y el trabajador debe iniciar acciones para ello, dichos rubros se incrementan en un 50%.

En caso de los despidos de trabajadores que tienen trabajo en negro, por la obvia cuestión de que no poseen recibo de sueldo y es una relación clandestina, no se instrumenta la liquidación final, teniendo además de todos estos rubros, otros especiales. Pero por su complejidad, debe ser analizado aparte.

Algo para tener en cuenta, el despido (con o sin justa causa) se produce nunca antes de que Ud. recibe la Comunicación del despido por carta documento o telegrama o acta notarial o es notificado de ello fehacientemente por otros medios.

Independientemente de la fecha en que la empresa haya enviado la carta documento, si en la carta dice que Ud. está despedido a partir del 31/10/2012 y Ud. o alguien en su domicilio la recibe el 01/11/2012, Ud. se encuentra despedido desde el 01/11/2012, nunca antes.

Ante cualquier duda, escríbanos, consulte, le responderemos gustosamente.

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96 comentarios:

Isabella dijo...

Hola. Quisiera hacer una consulta, se acabó mi licencia por maternidad y me tomé 6 meses de licencia sin goce de haberes. En 20 días se acaba mi excedencia y quisiera saber ¿en caso de renunciar qué me corresponde cobrar? pues he leído que es el 25% del salario por año de trabajo ¿cómo se calcula?
Muchas gracias

Unknown dijo...

hOLA, MI EMPLEADA RENUNCIO DESPUES DE LOS TRES MESES POR MATERNIDAD, QUE DEBO LIQUIDAR? TIENE 4 AÑOS DE ANTIGÜEDAD!

Dra. Jimena Avolio dijo...

Mónica, las consultas profesionales las evacuamos personalmente en nuestro estudio, saludos.

Anónimo dijo...

Tengo una duda mi jefe me ofreció la renuncia o el despido y llevaba 8 meses trabajando el me ofreció que me pagaría el mes de octubre completo si yo renunciaba y renuncie estuvo mal? Hubiese recibido mas si me hubiese despedido alcanze a trabajar 7 días del mes.

Anónimo dijo...

HOLA QUISIERA HACER UNA CONSULTA INGRESE A MI TRABAJO EN FEBRERO DE 2009.ME TOME LAS ULTIMAS VACACIONES EN NOVIEMBRE DE 2013.Y RENUNCIE EL DIA 12 DE MARZO DE 2014 QUE ME CORRESPONDE QUE ME LIQUIDEN?

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola! Los rubros que deben abonarse or renuncia están detallados en este articulo. Para consultas personalizadas deberás sacar turno vía mail o telefónicamente. Saludos.

Anónimo dijo...

tengo una antiguedad de 7 años en mi empleo actual. Me reconocieron 8 años anteriores (en otra ciudad donde renuncie por matrimonio) que trabajados dentro de la misma organizacion para el pago del premio por antiguedad (es decir 15 años) y el goce de vacaciones anuales se computa por 15 años. Mi pregunta es, en caso de despido la indemnizacion sera por siete años o por 15 años de antiguedad. Ya que en el recibo hay dos fechas de ingreso,la ultima y la anterior dice antiguedad reconocida.

Dra. Jimena Avolio dijo...

En tu caso, se computaría una antigüedad de 15 años para la indemnización por despido. Saludos.

Unknown dijo...

hola ¡ trabaje en una empresa plástica por agencia por nueve meses. firme la renuncia y en la liquidación final , solo cobre 7 días de vacaciones no gozadas, averigüe en otros lugares y me dijeron que me corresponderían los 14 días del 2013 mas el proporcional del 2014 ya que entre el 24 de junio del 2013 hasta el 11 de marzo del 2014

Unknown dijo...

hola ¡ trabaje en una empresa plástica por agencia por nueve meses. firme la renuncia y en la liquidación final , solo cobre 7 días de vacaciones no gozadas, averigüe en otros lugares y me dijeron que me corresponderían los 14 días del 2013 mas el proporcional del 2014 ya que entre el 24 de junio del 2013 hasta el 11 de marzo del 2014

Anónimo dijo...

tengo un conocido que trabajo durante 15 años y renuncio,como seria la liquidación de sus haberes?gracias

Unknown dijo...

hola:
Necesito saber cual es mi liquidación final por renuncia empleados de comercio: Sueldo neto $5500,inicio laboral 20/06/2013 trabaje hasta 08/05/2014. Muchas gracias.

Unknown dijo...

Hola: Necesito saber cual es la liquidación final por renuncia, sueldo neto $5500 empleados de comercio, Inicio 20/06/2013 hasta 08/05/2014 Muchas gracias

Anónimo dijo...

hola yevo 6 meses trabajando cuanto me corresponde de liquidacion

Sonia dijo...

Yo quiero saber como proceder. Mi caso es que hace 7 meses que estoy con licencia médica psiquiatrica ya que en agosto del año pasado tuve una hipoacusia subita (infarto vena cerebro oido) o accidente vascular ahi empece con medicaciones y volvi en octubre en octubre me vuelve a ocurrir pero peor entonces me dan ataques de panico, ansiedad angustia y tuve que ir a psicologo psiquiatra y conunseling para ir aliviando el tema porque dicen que tenia mucha tension mucho estres. Ahora me proponen como parece que cuentan desde agosto porqie fue la misma causa, yo pense que si volvia se cortaba pero parece que no y entonces se me venceria el año en agosto y me ofrecen amablemente una indemnizacion normal por los 20 años y meses que tengo trabajados y ser una muy buena empleada....como que si entro en el lapso del año de guardar el empleo ellos dicen que despues no tendrian obligacion de pagar nada, y que ahora quizas me ayudan con esto. Yo pregunto, tendrian que pagarme más por encontrarme ahora con licencia ademas de la indemnizacion comun?? como calculo??? necesito asesoramiento para poderles contestar....muchas gracias

Anónimo dijo...

Hola. Estoy por renunciar en mi trabajo. Estoy en comercio desde el 2012 al 2014. Entre a trabajar en los últimos dias de abril de 2012. Mis últimas vacaciones me las tomé en el mes de febrero,mediados. Trabajo 4 hs de lunes a sábados. Tengo que presentarme a mi nuevo trabajo el dia 5 del próximo mes,o sea Agosto. Podrían ayudarme?

Anónimo dijo...

Hola queria.saber si me corresponde indemnizacion x renuncia cm empleada domestica.. tengo 6 años de antiguedad. Gracias

Unknown dijo...

Buen dia les comento me despidieron hace dos meses si me liquidaron 65000 trabajo desde el 02/11/2007 hasta el 06/06/2014 como categoria administrativo oficial C mi ultimo recibo de sueldo q es quincenal figura que cobro total neto 8.145.00 pesos en bolsillo no tuve preaviso de despido ni nada quisiera saber cuanto es mi liquidacion final por despido sin preaviso y con la antiguedad q poseo

Dra. Jimena Avolio dijo...

Esta consulta fue evacuada personalmente. Gracias.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Si, corresponde. Saludos.

Anónimo dijo...

La excedencia después de la lic posparto permite seguir cobrando el salario por anses? Y despues del período de excedencia todavía cuento con la posibilidad de rescindir el contrato con el beneficio de la compensación especial.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola Anonimo: Podes ingresar en este link http://estudioavolio.blogspot.com.ar/2013/04/legislacion-laboral.html y en la ley de contrato de trabajo, encontrarás en los arts. 183 a 186 lo legislado en materia de excedencia por maternidad. En caso de persistir con las dudas, comunicate con nosotros para evacuar tus dudas personalmente, o dirigite a algún estudio laboral de tu zona de residencia. Saludos.

Anónimo dijo...

hola ,ya la relacion labural entre el empleador y yo no es la mejor, surgen algunos malos tratos por parte de el en algunos casos, me gustaria renunciar pero no quiero perder mi liquidacion final, trabajo desde el 22/10/12 hasta la fecha sigo vinculado, si yo renuncio cuanto seria mi liquidacion final por estos dos años de trabajo, mi sueldo con categoria de encargado es de $ 6600 (mitad en negro y la otra mitad por recibo de sueldo). Gracias por su tiempo.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Anónimo: Respecto de la renuncia, podes sacar una liquidación aproximada, siguiendo las pautas de este artículo. Respecto a que cobrás parte de tu salario en negro, te recomiendo que urgentemente y antes de renunciar, consultes con un abogado laboral en forma personal para proceder sin perder derechos.

Anónimo dijo...

Hola trabaje de empleada domestica hasta ayer. Trabajo desde noviembre de 2013. Pero me pusieron en blanco en abril de 2014. Ahora me dejaron sin trabajo sin previoaviso. Solo me dijeron que no pueden pagarme mas. Que me corresponde ? Cual seria la liquidación. Yo trabajaba de lunes a viernes 4 horas y cobraba por mes 2400..

Unknown dijo...

Hola trabaje de empleada domestica hasta ayer. Trabajo desde noviembre de 2013. Pero me pusieron en blanco en abril de 2014. Ahora me dejaron sin trabajo sin previoaviso. Solo me dijeron que no pueden pagarme mas. Que me corresponde ? Cual seria la liquidación. Yo trabajaba de lunes a viernes 4 horas y cobraba por mes 2400..

Anónimo dijo...

Hola despidieron ya casi 2 años (periodo de prueba y ant 1año 2mese) y me llego el telegrama 15 dias despues q figuraba la baja, no mepagaron preaviso. luego ingrese 6 mese mas a la misma empresa y luego renuncie x problema salarial. aun puedo solicitar algun reclamo. gracias

Unknown dijo...

hola quisiera saber cual es mi liquidacion final si mi sueldo es de $ 8500 y renuncie en julio del 2014

Unknown dijo...

hola quisiera saber cual es mi liquidacion final si mi sueldo es de $ 8500 y renuncie en julio del 2014

Dra. Jimena Avolio dijo...

Diana, comunicate con nosotros para la liquidación final. Tu monto depende de varios factores extras que exceden el responder por este medio. envianos un mail (estudioavolio@yahoo.com.ar) o por teléfono (4381-3003). o wsp: 1133077482. Saludos.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Anónimo: Hay que analizar todos los periodos y los intercambios telegráficos (envios y recepciones de cartas documentos), comunicate personalmente. Seguramente algún reclamo salarial tendrás pendiente. saludos

Dra. Jimena Avolio dijo...

Marcelo, los datos que brindas son insuficientes, Emvianos un mail o llamanos por teléfono. Saludos.

Anónimo dijo...

hola necesito renunciar tengo año y dos meces trabajando trabajo casi 10 horas 1/2 la cual me pagan 4 horas en blanco y el resto negro y en total son como 5700 mensuales pedi que regularicen mi salario en blanco completo pero no se puede necesito saber si me corresponderia algo

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola! Te corresponderían los rubros x renuncia que se publicaron en este post. Para mayor información comunicante x mail desde el formulario de contacto o solicita un turno ya que por este medio no es posible asesorar. Gracias x dejar tu comentario. Saludos!

Anónimo dijo...

Hola, trabajo como administradora en una empresa hace 5 años y 3 meses. Desde Marzo hice un arreglo laboral con mi jefe para trabajar medio día por circunstancias personales. Me disminuyeron el salario por la mitad del que apercibía normalmente y ahora ganó incluso un salario inferior al salario legal, es decir un salario inferior al de una secretaria, aun teniendo un cargo de administradora. Me gustaria saber si eso es legalmente correcto. Por otro lado solicite q me excluyera del seguro médico xq no me beneficia en nada por estar bloqueado por falta de pago de la empresa. Sin embargo, me dicen que para que me excluyan debo renunciar, lo q significa perder mi antiguedad laboral y hacer un nuevo contrato con el nuevo horario de trabajo de medio día. Me gustaria saber si eso es correcto y si en caso de renunciar, debo cobrar algo por la antigüedad q tenía ya q prácticamente me están imponiendo u obligando a renunciar a mi antigüedad.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Anonimo, solicita un turno, para evacuarla personalmente. Saludos.

Anónimo dijo...

Hola, para hacer una liquidacion final a la fecha, es valedera la informacion de arriba? o esta desactualizada, gracias

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola anónimo, si esta actualizada. Saludos.

Anónimo dijo...

Llevo trabajando 3 años y 2 meses. Me pusieron en blanco hace 9 meses. Me corresponde algo en caso de renunciar?

Anónimo dijo...

Buenas queria consultar renuncie a mi trabajo el dia 26/8/2015 y hasta la fecha no me han pagado mi indemnizacion, necesito consultar ya con un abogado para iniciar alguna accion??

Anónimo dijo...

hola quisiera saber cuanto me corresponde por 20 años de trabajo domestico iva 3 veces por semana durante 20 años.gracias

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, depende de cuanto ganabas, horario, etc. por favor comunicate con nosotros via mail estudioavolio@yahoo.com.ar gracias

Emilia dijo...

Hola, quería consultarles que pasaria si me despiden estando embarazada de 5 meses. yo al comienzo del embarazo mande el telegrama informándoles y presente el certificado, Tengo una antigüedad de 8 meses mas los 3 meses de prueba. En este caso me corresponde una indemnizacion de 12 sueldos?

Unknown dijo...

hola.. quisiera me asesoren, hace 2 años trabajo en comercio en negro... se me dijo que a los 3 meses se me iba a blanquear cosa que nunca paso, ahora tengo que renunciar por razones personales y no se que me corresponde cobrar. gracias

Dra. Jimena Avolio dijo...

Vanina, comunicate por mail a estudioavolio@yahoo. Com.ar para poder asesorarte. Saludos.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola. Si. Podrías reclamar esa indemnización o exigir la reinstalación a tu puesto de trabajo. Saludos

Santiago dijo...

Yo renuncié el 17 de Noviembre (trabajé 3 meses y 17 días) y no me pagaron la Liquidación Final aún. Me tienen en espera y me dicen que la dueña de la empresa va a decidir cuando me va a hacer efectivo el pago. Hasta cuándo puedo esperar?, no tiene un límite de tiempo para pagarme? necesito el dinero.

Unknown dijo...

hola disculpe trabajo en una grafica y me despidieron me van a pagar todo ok. ahora mi pregunta es yo trabaje horas extra q me las pagaban en negro .. y ala hora de el aguinaldo me pafaron solo la mitad del sueldo basico.. y n me corresponde un proporcional de esas horas ?
como hago ? muchas gracias

Anónimo dijo...

Hola quisiera saber, si me combiene y tengo beneficio o merezco una indemnizacion, si reunsio en una pizzeria donde llevo 3 años de delivery en negro , (2 de esos años era menor).. porfavor si me pudieran contestar les agradeceria muchisimo

Anónimo dijo...

Hola, yo estuve trabajando por 6 meses en una fabrica por agencia, un dia me avisan en la fabrica que no me renuevan el contrato y es el ultimo dia de trabajo, que iban a hablar con la agencia por el tema de la liquidacion. La agencia me pide la renuncia para que me den la liquidacion. Si renuncio pierdo la antiguedad, no? Que es lo que puedo hacer? 10/08/2015 al 10/02/2016 fue el tiempo que trabaje, que liquidacion me corresponde?

Anónimo dijo...

Hola a mi me despidieron el 03/05/2013 y ingrese el 01/08/2011 fue sin previo aviso no me entregaron la certificación de servicio y estaba trabajando en el sur en zona con convenio uocra me pagaron 39000 pesos yo saque más o menos 173000 pesos que me tendrian que haber pagado más premios q estaban en el convenio esta bien eso o no

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, podria estar prescripto, si no realizaste intimaciones. mandanos un mail a estudioavolio@yahoo.com.ar

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, si no resolviste el tema, envianos un mail a estudioavolio@yahoo.com.ar

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola si no te abonaron, comunicate a estudioavolio@yahoo.com.ar

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, comunicate a estudioavolio@yahoo.com.ar, saludos

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, comunicate a estudioavolio@yahoo.com.ar

Anónimo dijo...

Hola , trabaje durante veinte años, y quiero renunciar porque el
Ambiente laboral se volvió insoportable, corresponde indemnización? Trabajo en blanco. Gracias

Anónimo dijo...

Buen dia.
Mi nombre es paula. Yo estuve de licencia mpor maternidad del 10 de diciembre hasta el 10 de marzo. Yo estaba trabajando para adecco en una cass de electrodomesticos desde el dia 02 de julio del 2015.. Ellos no dejaron que me reincorpore entonces adecco me hizo firmar una suspencion. Al otro dia ellos me dicen que podia trabajar provisriamente en las oficinas de adecco estuve 1 dia ya que tuve problemas con mi hija mayor. Renuncie a la semana.. Mande el telegrama el 18 de marzo.
El 21 me depositan 16.50 pesos. Y me dicen q esa es mi liquidacion final. Puede estp ser posible?

Paula Lopez

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, necesitaríamos ver el ultimo recibo de sueldo, donde constan estos $16.50, para ver los conceptos. saludos.

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, en caso de renunciar no corresponde indemnización. cualquier duda, enviame mail a estudioavolio@yahoo.com.ar

Unknown dijo...

Hola, buenas noches, trabajo hace 6 años como empleado de comercio, en negro más específicamente como cajero. Y ahora quiero renunciar, quisiera saber si me corresponde indemnización?
Espero su respuesta, muchas gracias!

x dijo...

Hola, quisiera saber si a las vacaciones pendientes(que me corresponden y no me tomé) y al preaviso le corresponden los descuentos por aportes y si hay alguna Ley/Fallo/circular que respalde la respuesta. Entiendo por ejemplo, que respecto a la antigüedad la respalda la Ley 20.628 art20 i) y la circular de la AFIP 4/12.
Muchas Gracias.
Muchas gracias.

Unknown dijo...

Hace dos años trabajo uno en negro y otro en blanco dispuse mi renuncia por palabra.. motivos mi sueldo esnmuy poco trabjo cn cama.. quiero saber como es mi liquidacion mi sueldo es 4700 pesos.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola! envianos un mail a estudioavolio@yahoo.com.ar saludos!

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, comunicate enviandonos un mail, para poder asesorarte. Saludos!

Anónimo dijo...

Buenas noches me acaban de despedir ayer verbalmente pero no me llego el telegrama cobraba $10350; no tuve preciso y trabajo desde el 06/07/2007 al 20/04/2016 querría saber cuanto me correspondería además de que me deben 25 días de vacaciones. Gracias

Anónimo dijo...

Buenas noches me acaban de despedir ayer verbalmente pero no me llego el telegrama cobraba $10350; no tuve preciso y trabajo desde el 06/07/2007 al 20/04/2016 querría saber cuanto me correspondería además de que me deben 25 días de vacaciones. Gracias

Anónimo dijo...

Buenas noches me acaban de despedir ayer verbalmente pero no me llego el telegrama cobraba $10350; no tuve preciso y trabajo desde el 06/07/2007 al 20/04/2016 querría saber cuanto me correspondería además de que me deben 25 días de vacaciones. Gracias

Dra. Jimena Avolio dijo...

Fernando comunicate con nosotros 4381-3003 o mail estudioavolio@yahoo.com.ar gracias

Unknown dijo...

hola yo tengo una consulta .yo trabaje 4 años y medio en una casa y me tratan de ladrona me senti mal y me fui y despues me llega un msj de que fue un mal entendido .... que debo hacer?

Anónimo dijo...

hola quisiera saber cuanto me corresponde si trabaje 3 años en negro y mi sueldo x mes era 8000 pesos sin vacasiones ni aguinaldo

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola, comunicate con nosotros via mail estudioavolio@yahoo.com.ar saludos.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola, para sacar el calulo, necesitamos mas datos, envianos un mail por favor, donde podremos solicitarte los que necesitamos y asi evacuar tu duda. saludos.

EL COCHO dijo...

Buenas tardes. Consulta, me despidieron el 27 de abril y hoy se comunicaron conmigo para ofrecerme $18000 e ir directamente el día jueves al Ministerio de Trabajo. Ingresé el día 12/01/2015 a una empresa por medio de una consultora (firmé un contrato eventual, pero estuve más de 6 meses).

Una vez firmado el acuerdo a través del Ministerio de Trabajo, ¿puedo accionar legalmente contra la consultora?

Mi sueldo bruto más alto fue 11949 pesos.

Gracias

Unknown dijo...

Hola, quisiera que me expliquen como se calcula el aguinaldo proporcional en una liquidación final por renuncia, en donde la fecha de ingreso es = 30/08/2010, la fecha de renuncia es 30/05/2016 y la mejor remuneración percibida es $ 22.849,18. Muchas gracias

Anónimo dijo...

Hola, mi empleada me dice de palabra que desde el día 12/3/16 al otro día ya no vendría y me enviaría la renuncia, resulto que no me envió la renuncia sino que me envió una CD diciendo que la despedí, también me acusa de mas antigüedad y de tareas que no hacia; tiene una antigüedad de dos años y tres meses y doce días con recibo de sueldo firmado aportes y ART al día. Que le corresponde? y cuanto?

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, tendrias que evacuar tu consulta personalmente, no es posible por este medio, mandanos un mail o comunicate telefónicamente al 4381-3003 o 4443-4408

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, esta explicado en el post. si tenes una duda puntual comunicate con nopsotros por mail. saludos

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, habria que analizar los términos del acuerdo, pero en general una vez realizado un acuerdo en el ministerio de trabajo, no hay posibilidades de accionar judicialmente. saludos

Unknown dijo...

buenas tardes mi marido esta en una fabrica hace 6 años en negro y hablo con el jefe que el dia 6 de octubre deja de trabajar por 6 añs de trabajo y en negro que le corresponde mucha gracias x la ayuda

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola, antes de renunciar, que se comunique con nosotros. tel 4381-3003. o 1533077482. mail: estudioavolio@yahoo.com.ar saludos

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola, antes de renunciar, que se comunique con nosotros. tel 4381-3003. o 1533077482. mail: estudioavolio@yahoo.com.ar saludos

Angelica dijo...

Hola, buenas noches, hoy recibi la triste noticia que ya no pueden sostener mi tarea laboral, dado que mi jefa es mayor de edad y esta delicada de salud para seguir trabajando. Soy secretaria medica, llevo 10 años trabajando y mi empleadora me pide que renuncie el 31 de agosto.Hare bien en renunciar? Me conviene? En caso de renunciar, cobraria el fondo de desempleo? Mi sueldo es de $6.702 y me quiere indemnizar con un poco mas de $ 57.000. Espero pronta respuesta. Gracias.

Angelica dijo...

Hola, buenas noches, hoy recibi la triste noticia que ya no pueden sostener mi tarea laboral, dado que mi jefa es mayor de edad y esta delicada de salud para seguir trabajando. Soy secretaria medica, llevo 10 años trabajando y mi empleadora me pide que renuncie el 31 de agosto.Hare bien en renunciar? Me conviene? En caso de renunciar, cobraria el fondo de desempleo? Mi sueldo es de $6.702 y me quiere indemnizar con un poco mas de $ 57.000. Espero pronta respuesta. Gracias.

Dra. Jimena Avolio dijo...

Angélica, comunicate con nosotros mediante mail a estudioavolio@yahoo.com.ar o por teléfono 1133077482 en forma urgente. Saludos.

Unknown dijo...

BUEN DIA QUERIA SABER SI POR CIERRE DE UN COLEGIO EL PERSONAL DIRECTIVO CALCULA LA INDEMNIZACION DE LA MISMA FORMA . SOY DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Unknown dijo...

Hola quiero renunciar a mi empresa de seguridad. Ase 1 año y 10 meces que es lo que me coresponde cobrar , gracias

Dra. Jimena Avolio dijo...

Hola, necesitarías acercarte al estudio personalmente, o este post tambien te sirve de orientación. Saludos

Dra. Jimena Avolio dijo...

Deberias acercarte personalmente para ver los detalles del caso. Saludos

Anónimo dijo...

Hola trabajo en un spa hace 3 años de los cuales los últimos 4 meses estoy en blanco y quiero renunciar porque me paga muy poco, si renunció ahora me corresponde algo o como es el tema de la liquidación final,tampoco quiero avisarles.

Dra. Jimena Avolio dijo...

hola, si renuncias se te abona los que está en este post.
En tu caso, podes reclamar los años que estuviste en negro, siempre y cuando NO RENUNCIES. para ello debes enviar unos telegramas. Si te interesa comunicate con nosotros. Saludos.

Unknown dijo...

muchas gracias Jimena

Unknown dijo...

Hola q tal como estas ? una pregunta hace cinco meses q trabaje en negro y despues me puso en blaco ..a los pocos dias renuncie xq me pagaba el mismo sueldo cuanto me tiene q pagar de mi liquidacion ???

Unknown dijo...

Hola queria preguntar de mi liquidacion xq trabaje 5 meses en negro y despues me puso en blanco pero con el mismo sueldo y yo renuncie a los pocos dias q sueldo me corresponde ??

Unknown dijo...

Hola q tal ?? Le queria hacer una pregunta si yo trabaje cinco meses en negro y me puso en blanco y a los poco dias renuncie xq me pagaba el mismo sueldo , cuanto tengo q cobrar la liquidacion ??

Anónimo dijo...

hola, queria hacerte una consulta hace 2 años y 4 meses q trabajo en una tienda de venta de electrodomesticos, quiero renunciar o hacer un retiro voluntario, me corresponde algo de indemnizacion por los años trabajados? el sueldo bruto es de $17.000.

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