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5 mar 2017

DERECHOS DEL TRABAJADOR DESPEDIDO

DERECHOS INMDENIZATORIOS DEL TRABAJADOR DESPIDO CON O SIN CAUSA

Qué derechos tengo si me despidieron sin causa?

En caso de despido sin causa, deberán indemnizarlo. La indemnización deberá ser efectivizada dentro de los 4 días hábiles posteriores al despido.

Para conocer cómo deben liquidar su indemnización laboral, ingrese aquí o vaya directamente al post liquidación final de este blog para orientarse.

De todas formas, siempre consultenos para poder asesorarlo correctamente


Qué deben abonarme en un despido con  causa?


En este caso, la liquidación final, será similar a la de una renuncia. Sólo le apagarán  días trabajados durante el mes de despido, vacaciones proporcionales y aguinaldo proporcional al tiempo trabajado en el año.

Para más información ingrese Aqui

Qué derechos tengo si me despidieron con causa, pero la causa es mentira?


Tiene derecho a defenderse, y demostrar que la causa es falsa. En ese caso, tendrá el derecho a que se le pague la liquidación por despido completa, es decir como un despido sin causa.

Deberá consultar con abogado laboral, para que rechace el despido con causa, y eventualmente deberá iniciar el juicio laboral por despido.

Qué derechos tengo ante un despido discriminatorio? Qué deben pagarme?


Tiene derecho a rechazar la causa de despido que figura en la carta documento, por falsa. si es que el despido fue con causa aparente, o bien a impugnar la falta de causa, alegando que en realidad obedeció a un despido discriminatorio.

En ese caso, debe apenas recibió la carta documento consultar con un abogado laboral. Para que redacte el rechazo del despido por discriminatorio.

Podrá además reclamar, una indemnización por daño moral.

El despido discriminatorio, tiene la particular, de que puede declararse nulo judicialmente.

Es el único caso en el cual, puede el trabajador optar:

a) la indemnización por despido, más indemnización por daño moral,

b) optar por que se considere nulo el despido discriminatorio exigir al empleador ser REINSTALADO en su puesto de trabajo. Es decir, se deja sin efecto el despido.

Para lograr ser reinstalado en su puesto de trabajo, debe mediar sentencia judicial, donde el trabajador debe demostrar que el despido fue discriminatorio.

Para cobrar la indemnización por daño moral, también debe mediar sentencia judicial laboral que condene al empleador a abonarla.

Cuánto tiempo tengo para iniciar un reclamo laboral para cobrar la indemnización por despido?


Es indispensable, que las cartas documentos que le haya enviado su empleador, sean de despido, o sanciones disciplinarias, intimaciones a retomar tareas, etc. sean inmediatamente consultadas con un abogado laboral, a fin de que las conteste y determine la estrategia que seguirán.

Una vez producido el despido, en cualquiera de sus modalidades, cuenta con un plazo de 2 años para iniciar el reclamo.

Si fue despedido, no espere para consultar con un abogado, ya que superado los 30 días del despido, las causas que consten en la carta documento, harán presunción en su contra, de que ud. las consintió. Si bien no significa, que no pueda reclamar, es algo que puede jugarle en contra en un juicio y puede evitarse consultando con un abogado laboral.

En caso de querer el trabajador la reinstalación a su puesto de trabajo, en despido discriminatorio, para que sea prosperable, debe iniciar las acciones inmediatamente al despido.

Ante cualquier duda, intimación por sanaciones, presentarse a trabajadar, justificar inasistencias, etc. consultenos en forma inmediata. Es fundamental para resguardar sus derechos laborales.


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DESPIDOS. PREGUNTAS FRECUENTES

6 abr 2013

DESPIDOS. PREGUNTAS FRECUENTES.

DESPIDOS CON CAUSA, DESPIDOS SIN CAUSA, DESPIDOS DISCRIMINATORIOS.


indemnización despidoA) TIPOS DE DESPIDO

Qué es un despido sin causa?


Un despido se considera que es sin causa, cuando el empleador no se expresa ningún motivo para el despido.

Ej. "Notificamos a ud. que se encuentra despedido a partir del día de la fecha. Liquidación final a su disposición en plazo legal". o expresiones similares.

También, se considera que el despido es "sin causa" cuando la causa que expresa es falsa.

Qué es un despido con justa causa?


El despido es con causa, cuando el empleador expresa, un motivo para el despido. Debe ser detallado el motivo (causa) del despido, con información de lugar, fecha y todas las circunstancias que describan el motivo del despido. No puede ser un causa genérica.

En el despido con justa causa, la misma debe ser  tal magnitud que objetivamente no permita continuar con la relación laboral. debe haber una falta a la buena fe, o a alguno de los deberes del trabajador.

Por ejemplo, si el empleador dice " notifico a ud. que se encuentra despedido a partir del día de la fecha, con justa causa, por haberse encontrado irregularidades en el cumplimiento de sus funciones." En este caso, el despido, sin bien expresa la causa, no la detalla. Para cumplir el requisito que la ley exige para despedir con causa, debería expresarse, como, cuando, donde se encontró la irregularidad y detallar, cual es la irregularidad

Muy común es el despido con causa expresada de "haber faltado el respeto a sus superiores" y no dice, cuando, donde, ni en qué consistió la "falta de respeto", ni nombra al superior.

Qué es un despido con causa aparente o falsa?


Se dice que el despido es con causa aparente cuando la causa es falsa. Porque en realidad encubre otra causa real, que no es expresada.

Ej. si se despide a una mujer con causa, por haber faltado respeto a los superiores, pero en realidad, obedece a que la empresa tomó conocimiento de su estado de embarazo.

También es un despido con causa aparente, cuando literalmente, es falso el motivo del despido, y la empresa lo hace sólo para no pagar indemnizaciones por despido. Ej. el despido con causa es por haber insultado a un superior, o encontrarse faltante de mercaderias, etc. y en realidad esto nunca ocurrió.

Qué es un despido discriminatorio?


El despido discriminatorio, es aquel que se realiza por motivos de raza, sexo, religión, maternidad, actividades sindicales, el trabajador sufrió accidente, inició demanda contra el empleador etc.

Este tipo de despido no se expresa en las cartas documentos. Generalmente es un despido sin causa, o con causa falsa o aparente.

E:j cuando se despide al trabajador, porque el empleador tomó conocimiento de que el empleado se postuló como delegado sindical, o fue testigo de un ex compañero de trabajo en un juicio contra el empleador, etc.

Qué es un despido indirecto?


Se llama despido indirecto, cuando el despido no lo realiza el empleador, sino el Trabajador.

Siempre el despido indirecto es con causa. De ser expresada en el telegrama, y siempre debe haber un telegrama previo de intimación al empleador, que si no cumple con lo que se está reclamando, habilita al despido indirecto.

Ej: si el empleador adeuda al trabajador salarios, el empleado debe intimar a que se los pague. Si no los paga el empleador, puede considerarse despedido el trabajador.

No debe considerarse despedido nunca antes de intimar.

B) QUE HACER EN CASO DE DESPIDO?


Me despidieron con causa. Que debo hacer?


En este caso, apenas reciba la carta documento de despido, debe consultar con un abogado laboral.

Es indispensable, que la carta documento sea contestada inmediatamente.

Me niegan tareas y no me llegó carta documento de despido. que hago?


En este caso, debe intimar a su empleador a que le otorgue tareas o aclare situación laboral. con las demás intimaciones que sean necesarias, según sea su situación particular.

Apenas le nieguen tareas, consulte con un abogado laboral.

Es fundamental en este caso, no perder tiempo esperando una carta documento de despido.

Sucede que muchas intimaciones deben realizarse antes de que llegue a ud. la carta documento, por eso es indispensable la consulta con un abogado laboral antes de que eso ocurra.

Me despidieron de palabra, pero no me llega ninguna carta documento, que hago?


Es un caso similar al anterior, CONSULTENOS

Trabajo en negro y me despidieron, que puedo hacer?


En este caso, el despido SIEMPRE será verbal. Ya que despedirlo por carta documento, implicaría el reconocimiento de una relación laboral, que se mantuvo sin registrar.

Por lo tanto, deberá simplemente consultar con un abogado laboral, para realizar las intimaciones para ser registrado laboralmente, y seguir las estrategias que el abogado laboral determine.


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